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Construirán zanja en el sector norte del Complejo Fronterizo Aduanero de Colchane

El Jefe de la Defensa Nacional de la provincia del Tamarugal, en cumplimiento de lo dispuesto por su Excelencia, el Presidente de la República, mediante Decreto Supremo Nº 35 del 14 de febrero del presente que decreta estado de excepción constitucional de emergencia y la prórroga del mismo, mediante Decreto N° 40 de 24 de Febrero de 2022 publicado en el D.O de fecha 01 de marzo de 2022 por parte del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, informa a la opinión pública lo siguiente:

  1.         Que se ha dispuesto la materialización de trabajos de construcción de una zanja en terrenos fiscales nacionales ubicados en la zona situada  en el sector norte del Complejo Fronterizo Aduanero de Colchane con el objeto de resguardar las condiciones de salubridad pública, la integridad física de quienes eventualmente transiten por una zanja existente en lado boliviano, evitando además el uso y tránsito  subrepticio de la misma tanto por personas en situación de migración irregular como de vehículos que utilizan terraplenes  circunstanciales y que son aprovechados además por el crimen transnacional para la comisión de delitos de alta  complejidad, tales como contrabando, narcotráfico, tráfico ilícito de personas, receptación, entre otros, desde territorio boliviano hacia  territorio nacional, por lo  que se hace necesario adoptar las medidas de mitigación e impedir la concreción de los señalados  ilícitos con la ejecución de trabajos en terrenos fiscales, en uso de las facultades otorgadas a esta autoridad por  DS N° 35 Art.3° N° 3,4 y 6, en la zona contigua o paralela a la del lado boliviano, disponiéndose la construcción de una zanja en territorio nacional,  en una línea de prolongación de sur a norte desde la zona contigua al Complejo Aduanero de Colchane y hasta llegar hasta el POV denominado “Toldo 2”.

2.         Que los referidos trabajos se realizarán a contar del 07 de marzo de 2022 y hasta el término del estado de excepción constitucional de emergencia, con medios  de las Fuerzas Armadas subordinadas a este JEDENA.

                                                                       3.         Los movimientos de tierra contemplan los siguientes tramos: a) Tramo 1, dirección sur a norte: desde punto uno: 19K 0539865 UTM 7868781 hasta punto dos: 19K 0539070 UTM 78712991 y b) Tramo 2, dirección sur a norte: desde punto tres: 19K 0538992 UTM 7871402 hasta punto cuatro: 19K 0535074 UTM 7875357.

                                                                                  4.         Por lo anterior, mediante resolución exenta Nº 6583/06 de fecha 04 de marzo de 2022, se ha dispuesto por esta autoridad los trabajos en terrenos fronterizos antes señalados a contar del lunes 07 de marzo de 2022 y hasta el término del estado de excepción constitucional, los que se ejecutarán con maquinaria pesada y con medios humanos dependientes del Ejército de Chile,  con el objeto de impedir el paso de personas con situación de migración irregular o ingreso clandestino a territorio nacional además de  la concreción de ilícitos de aquellos señalados en el acápite N°1 anterior y dar la necesaria tranquilidad a la población, velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad nacional, manteniendo además el orden interno dentro de la zona declara bajo estado de excepción constitucional.

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