El gobernador Gonzalo Prieto informó que con motivo de Fiestas Patrias se declara la obligatoriedad de izar el Pabellón Nacional el viernes 18 y el sábado 19 de septiembre, conforme lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 20.537 en relación al artículo 2° del Decreto Supremo N° 1534 de 1967, que dice “La Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamentan su uso”, añadiendo su inciso segundo que “Con todo su uso o izamiento será obligatorio en las oportunidades o efemérides que determine el Reglamento”.
Además, Prieto recordó que la Bandera Nacional podrá ser izada sin autorización previa en cualquier fecha, cuidando siempre resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamenten su uso o izamiento.
Se deberá cumplir bajo todo respecto las normas sobre uso de la Bandera Nacional contenidas en el Decreto Supremo N° 1534 del año 1967 del Ministerio del Interior, que establece la obligatoriedad del izamiento del Pabellón Nacional los días 18 y 19 de septiembre de cada año
Corresponderá a Carabineros de Chile velar por el debido cumplimiento de la resolución exenta N°800, de 16 de septiembre de 2015, de la Gobernación Provincia de Iquique.