viernes , abril 19 2024

Corte revoca decisión de juez de garantía que excluyó a testigo reservado de juicio

El máximo tribunal de la región ordenó que el testimonio del testigo, que se encuentra con la medida de protección de identidad reservada, sea incluido en el auto de apertura de juicio oral.

Acogiendo un recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía, la Corte de Apelaciones de Iquique revocó la resolución del juzgado de garantía que, en una audiencia de preparación de juicio oral, excluyó a un testigo reservado en un caso de robo en lugar habitado, y ordenó que el testigo debe ser incluido en el juicio oral.

El caso corresponde a un robo ocurrido en abril del año pasado, cuando en horas de la tarde el imputado Ronny Porras Pérez, en compañía de otros sujetos hasta el momento desconocidos, concurrieron hasta un domicilio ubicado en la comuna de Alto Hospicio. Para ingresar a la casa los sujetos forzaron la puerta de entrada, y una vez en su interior sustrajeron diversas especies, entre ellas cuatro cámaras fotográficas, tres notebook, un tablet, y joyas. En los momentos que éstos salían del inmueble fueron observados por los vecinos, quienes salieron en su persecución reconociendo al acusado.

En la audiencia de preparación de juicio oral, la jueza de garantía Claudia Castillo acogió la solicitud de la defensa del imputado y excluyó de la prueba de la Fiscalía el testimonio de un testigo reservado, por estimar que se vulneraba el debido proceso al desconocer la defensa la identidad del testigo, y que tampoco existían amenazas u otras afectaciones concretas al testigo que ameritaran dicha medida de protección.

La Fiscalía presentó un recurso de apelación ante la Corte, señalando que no existía fundamento para la exclusión del testigo, y que la institución de los testigos protegidos con reserva de identidad cuenta con consagración legal y constitucional, reconocida por tratados internacionales. Agregó que el delito de robo en lugar habitado conlleva una pena de crimen, por lo que es entendible que las víctimas o testigos puedan temer represelias por entregrar su testimonio, ya que además, el imputado tiene una condena anterior por homicidio, y los otros partícipes del robo no pudieron ser detenidos ni identificados.

La Corte resolvió acoger la solicitud de la Fiscalía, señalando que no existen razones legales para excluir el testimonio del testigo reservado, por lo que ordenó que sea incluido en el auto de apertura de juicio oral.

 

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