Otro condenado, pero por el delito de homicidio, deberá cumplir la pena efectiva de 8 años de presidio.
Tal como lo solicitó la Fiscalía, el tribunal oral en lo penal de Iquique condenó a la pena de presidio perpetuo simple al acusado Jhonatan Cañón Rodríguez, como autor del delito de femicidio en contra de la víctima Yuri Pizarro Torres ocurrido en mayo del año pasado, en caleta Caramucho. El condenado mantenía una relación de convivencia con la víctima, quien era una mujer transgénero.
También fue condenado el acusado Néstor Cuéllar Rodríguez a la pena de 8 años de presidio como autor del delito de homicidio. Ambos acusados, de nacionalidad colombiana, golpearon en el rostro y asfixiaron a la víctima al interior de su domicilio en la caleta, y luego ocultaron su cuerpo en un sector de playa Quintero, donde excavaron una fosa y lo enterraron.
“Lo más relevante de este fallo es que el tribunal en forma unánime reconoció expresamente que la víctima, no obstante haber nacido en un cuerpo equivocado, durante toda su vida se percibió y manifestó a través del género femenino, lo cual quedó de manifiesto con la prueba exhibida por la Fiscalía, en especial, los testimonios de sus amigos y familiares, y es por eso que uno de los acusados fue condenado como autor del delito de femicidio, ya que se estableció además la relación sentimental y de convivencia que tenía con la víctima”, explicó la fiscal (s) Maria Alejandra Jorquera que estuvo a cargo del juicio.
En el juicio declararon los funcionarios de la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones que lograron identificar y detener a los acusados gracias a las declaraciones de testigos y de los análisis de cámaras de seguridad y del tráfico telefónico de los imputados; los peritos de la PDI que trabajaron en el sitio del suceso, y el perito del Servició Médico Legal que dio cuenta del informe de autopsia.
Junto a la Fiscalía comparecieron los abogados querellantes del Centro de Apoyo a Víctimas de la Subsecretaria de Prevención del Delito y de la Delegación Presidencial.