viernes , noviembre 22 2024

Gobernación recuerda obligatoriedad de izar la Bandera Nacional

El gobernador Francisco Pinto Madariaga informó que con motivo de Fiestas Patrias se declara la obligatoriedad de izar el Pabellón Nacional el domingo 18 y lunes 19  de septiembre, conforme lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 20.537 en relación al artículo 2° del Decreto Supremo N° 1534 de 1967, que dice “La Bandera Nacional podrá usarse o izarse sin autorización previa, cuidando siempre de resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamentan su uso”, añadiendo su inciso segundo que “Con todo su uso o izamiento será obligatorio en las oportunidades o efemérides que determine el Reglamento”.

Además, Pinto recordó que la Bandera Nacional podrá ser izada sin autorización previa en cualquier fecha, cuidando siempre resguardar el respeto de la misma y de observar las disposiciones que reglamenten su uso o izamiento.

Se deberá cumplir bajo todo respecto las normas sobre uso de la Bandera Nacional contenidas en el Decreto Supremo N° 1534 del año 1967 del Ministerio del Interior, que  establece la obligatoriedad del izamiento del Pabellón Nacional los días 18 y 19 de septiembre de cada año.

Corresponderá a Carabineros de Chile velar por el debido cumplimiento de la resolución exenta N°776, de 2 de septiembre de 2016, de la Gobernación Provincia de Iquique.

 

 

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