- Resolución Exenta N°381, corrigió la emitida por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo el pasado 23 de febrero (N°325), que definía los requisitos para obras de densificación en altura que se encuentren emplazados en suelos salinos.
Iquique, marzo 2024.- El pasado 12 de marzo fue publicada la Resolución Exenta N°381, la cual modificó la emitida por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo el pasado 23 de febrero (N°325) y que exigía, entre otras características que buscan mejorar la edificación en suelo salino, la construcción de “estacionamientos subterráneos de dos niveles” para obras de densificación en altura que se encuentren emplazados en suelos con dichas características en la comuna de Alto Hospicio. Esto para el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda Decreto Supremo N°49.
De esta manera, la nueva Resolución Exenta N°381, con fecha 12 de marzo de 2024, establece que “en el caso de proyectos en la comuna de Alto Hospicio, Región de Tarapacá, que apliquen el Subsidio de Densificación en Altura, que se encuentren emplazados sobre suelo salino, deberán considerar como parte de sus obras de habilitación la ejecución de subterráneos, incluyendo partidas de mejoramiento estructural de suelo, fundaciones, elevaciones, muros, losas y elementos estructurales, además de los elementos de circulación respectivos, impermeabilización, e instalaciones eléctricas y sanitarias complementarias, entre otras. En estos casos se podrá utilizar el total de los montos mencionados para los tramos de subsidio descritos en el presente literal”.
De esta forma se dejó sin efecto lo señalado en la Resolución N°325 que establecía que “en el caso de proyectos en la comuna de Alto Hospicio, Región de Tarapacá, que apliquen el subsidio de Densificación en Altura, que se encuentren emplazados sobre suelo salino, deberán considerar como parte de sus obras de habilitación la ejecución de estacionamientos subterráneos en dos niveles…”
Al respecto, el Seremi de Vivienda y Urbanismo de Tarapacá, Diego Rebolledo Flores, manifestó que “la nueva resolución viene a modificar aspectos de la primera relativos a la construcción en altura en Alto Hospicio. Recibimos observaciones en la región a la resolución anterior y solicitamos rápidamente las modificaciones, la premura en nuestra respuesta responde a que no podemos frenar la formulación de proyectos en el marco del Plan de Emergencia Habitacional”.
La autoridad remarcó que “lo que ocurrió es que la nueva resolución viene a modificar la N°325 del 23 de febrero de 2024, y la rectifica en el sentido que para los casos de proyectos en la comuna de Alto Hospicio, emplazados sobre suelo salino, deben considerar solo subterráneo no restringiendo el uso de este a estacionamientos. Esto fue una recomendación de los desarrolladores de proyectos en la región. Los subterráneos tienen el propósito de hacer más eficiente y segura la edificación del suelo salino y albergar las instalaciones del edificio, sobre todo las sanitarias”.
Indicó la autoridad que esto implica que “el subterráneo puede tener otro uso distinto a estacionamiento y no está condicionado a que tenga dos niveles, como decía la resolución N°325 de febrero pasado”.
Diego Rebolledo Flores, destacó que se está trabajando con fuerza en el Plan de Emergencia Habitacional, y también en acciones preventivas para la construcción en suelo salino. “Este es un objetivo regional que involucra al sector público y privado, en especial para avanzar en los proyectos en Alto Hospicio y la región de Tarapacá”, expresó el Seremi del MINVU.