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Acogen 25 solicitudes de libertad condicional en la región

COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE IQUIQUE ACOGIÓ 25 SOLICITUDES

La Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Iquique, organismo encargado de pronunciarse sobre las solicitudes de otorgamiento de este beneficio realizado por los internos de los centros penitenciarios de la región, acogió 25 de las 337 solicitudes presentadas en esta primera sesión del año.

La comisión encabezada por la ministra Marilyn Fredes Araya e integrada por los jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, Carlos Contreras Velásquez y Rodrigo Villar Bustamante; y del Juzgado de Garantía, Tamara Muñoz Sáez y Vicente Muratori Quezada, se reunió el lunes 12, martes 13 y miércoles 14 de abril para revisar los antecedentes de cada postulante.

“En esta oportunidad, la comisión decidió por mayoría, otorgar el beneficio a 25 de ellos, ya que de los antecedentes revisados, estos presentaron avances en sus procesos de reinserción social, una conducta intachable durante el cumplimiento de la condena, y habían servido, a lo menos, la mitad de ésta, salvo en los casos de delitos de mayor gravedad en que se requiere el cumplimiento de dos tercios de la sanción impuesta”, señaló la ministra Fredes.

Recalcó que “el beneficio otorgado no modifica la duración de la pena, sino que es una forma de cumplirla en libertad y sujeta al cumplimiento de las condiciones tendiente a la rehabilitación y reinserción social para aquellas personas que cumplen los requisitos legales para esto, razones estas últimas por las que se rechazaron 312 postulaciones, precisamente por no cumplir con las exigencias que para esto dispone la ley”.

Tras el análisis de los antecedentes, la Comisión aprobó la libertad condicional de 17 internos del Complejo Penitenciario de Alto Hospicio y 8 del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Iquique.

Requisitos

El Decreto Ley N° 321, modificado por la ley N° 21.124 -que entró en vigencia el 18 de enero de 2019-, establece como requisitos para postular al beneficio de la libertad condicional, haber cumplido la mitad de la condena y dos tercios en el caso de condenas por delitos graves; presentar una conducta intachable en el establecimiento penal, y contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad.

El 17 de septiembre de 2020, el Ejecutivo publicó además el decreto 338, reglamento que establece las normas relativas a la organización del sistema de libertad condicional, incluyendo los programas, las características y los aspectos particulares que éstos deberán tener, así como los planes de intervención individual y las características y requisitos que deben reunir los delegados de libertad condicional.

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